¿Es necesario la existencia de accionamiento no manual en el lavabo de personal del comercio minorista de alimentación que solamente vende productos envasados y no manipula ni elabora alimentos según la Ordenanza de Salubridad?.
Existen establecimientos de comercio minorista de alimentación que venden únicamente productos envasados sin manipulación ni elaboración de los mismos, por lo que podría interpretarse que el lavabo no necesitaría sistema de apertura no manual.
Es necesaria la existencia de un lavabo de acción no manual en el lavabo de personal porque así lo exige el artículo 25.2 de la Ordenanza de salubridad, que no distingue en función del tipo de alimentos que se venda. Puede no tener mucho sentido pero la Ordenanza lo pide.